El Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (IPYS Venezuela) ha evidenciado un uso desproporcionado del poder estatal, a través de mecanismos legales, para criminalizar la labor de periodistas y medios de comunicación privados e independientes, en distintas entidades del país, en los últimos meses de 2013. Algunas de las denuncias formuladas por diferentes representantes ejecutivos han sido respaldadas con la actuación de la Fiscalía General de la República, de manera que muestran una posible articulación entre los poderes públicos para restringir el ejercicio de la libertad de expresión e información, tanto de los trabajadores de medios como de la sociedad en general.
Bajo un panorama de altos niveles de conflictividad sociopolítica, en la actividad mediática venezolana predominan las medidas de censura, las demandas penales, las imputaciones por supuestos cargos de desestabilización, y órdenes económicas restrictivas para los medios de comunicación.
La línea de acción de los tribunales nacionales se presenta luego de que periodistas y medios impresos -que mantienen líneas críticas a la actual gestión gubernamental- han difundido denuncias sobre hechos de corrupción en la gestión pública, o han publicado informaciones sobre hechos violentos producto de la inseguridad ciudadana, que se consideren contrarios a la protección de los derechos de la infancia.
También, resultan preocupantes las acciones penales que buscan acallar las voces de periodistas que divulgaron denuncias sobre los hechos de violencia e irregularidades, luego de las elecciones presidenciales de abril, cuando el Consejo Nacional Electoral proclamó como ganador a Nicolás Maduro, respaldado por el oficialista Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV).
Las instituciones de justicia venezolanas -como órganos responsables de investigar y determinar las responsabilidades ante cualquier infracción a la legislación nacional- han dado curso a investigaciones contra periodistas y medios de comunicación en varios estados del país. Sin embargo, con medidas de censura previa y algunas opiniones adelantadas las instancias judiciales han vulnerado el derecho al debido proceso, establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que garantiza la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario.
Algunos de los casos registrados por diversas medidas legales en este período han sido las medidas de censura que han afectado a los diarios el Correo del Caroní, en el estado Bolívar; y el diario La Mañana, en el estado Falcón. Han sido señalados por la vía penal varios periodistas entre ellos Horacio Contreras, locutor y director de Studio 102.7 FM, en Mérida; Leonardo León, locutor de ULA FM 107.7 y corresponsal del diario El Nacional; Nelson Bocaranda, locutor del Circuito Unión Radio y director del portalRun.run.es; Miguel Enrique Otero, editor de El Nacional; y Leocenis García, presidente del semanario 6to Poder.
Se han emprendido medidas de censura que afectan la expresión en las redes sociales, como ha sido el caso de la jueza María Lourdes Afiuni, quien actualmente se encuentra en libertad condicional, luego de haber sido enjuiciada por una decisión jurídica que tomó como funcionaria de la institución judicial venezolana.
PENALIZACIÓN DE LA EXPRESIÓN
Estos incidentes configuran violaciones que pueden afectar la libertad y la pluralidad informativa en Venezuela. Así lo sostuvo, en una conversación con IPYS Venezuela, Héctor Faúndez Ledesma, abogado y especialista en libertad de expresión, quien además consideró que en Venezuela se ha recurrido a la penalización de la expresión y el derecho a la información, situación que es contraria a los estándares internacionales para el ejercicio de estos derechos. “Se aplican medidas punitivas por ejercer una libertad fundamental, como lo es la libertad de expresión”, comentó Faúndez.
A pesar de las disposiciones de la constitución nacional, Faúndez afianzó que la aplicación de medidas judiciales para criminalizar la expresión representa una tendencia que se ha instituido en Venezuela en los últimos 12 años. Explicó que esta situación viene a confirmar la incomodidad que le provoca a las autoridades gubernamentales “cualquier información que pueda afectar su sensibilidad”.
Entretanto, las “presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión”, según lo establece la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión -promovida por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos-.
El artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza la libertad para la expresión y la información, y prohíbe cualquier tipo de censura que intente inhibir el debate plural de las ideas.
A pesar de esta disposición constitucional, Faúndez describió que desde el gobierno se utilizan mecanismos para “coartar y censurar a los periodistas y medios de comunicación”, especialmente privados e independientes, que de cierta manera buscan distraerlos y alejarlos de su labor informativa.
Para el jurista, a este marco se suma el impulso de una política gubernamental destinada a “restringir la información en poder del Estado”, a través de vías directas e indirectas.
A juicio de Faúndez, con estas actuaciones no solo se perjudica a los periodistas y medios de comunicación. También, “se afecta el ejercicio de la libertad de expresión de la sociedad en su conjunto, en cuanto a la libertad de expresión comprende el derecho de buscar y recibir información de toda índole”.
Con fundamento a estas perspectivas, IPYS Venezuela presenta un análisis detallado sobre la criminalización de los medios y los periodistas, en los últimos meses.
CENSURAN DENUNCIAS DE CORRUPCIÓN
Desde noviembre de 2012, el Correo del Caroní, periódico privado con sede en Ciudad Guayana, estado Bolívar, ha realizado un seguimiento informativo sobre denuncias relacionadas a hechos de corrupción en la gestión de Ferrominera del Orinoco -empresa estatal que forma parte de las industrias básicas de Guayana-. Las revelaciones a las que recurría el periódico eran las de instituciones oficiales y voceros conocidos por la opinión pública, quienes señalaban la posible vinculación de trabajadores de la empresa, efectivos de cuerpos de seguridad del Estado, y empresarios de la región.
Estas acciones sirvieron para que el 23 de julio de 2013, el Tribunal Primero de Juicio del estado Bolívar ordenara una medida de censura contra el Correo del Caroní, sobre el caso de Yamal Mustafá, empresario que fue detenido e imputado días previos por el Ministerio Público, por presunta vinculación en hechos de corrupción en Ferrominera del Orinoco.
El tribunal ordenó a David Natera, presidente del medio y a la directiva del Correo del Caroní que «se abstenga(n) de publicar o permitir publicar, informaciones subjetivas o prejuiciosas, emitidas de manera directas o indirectas, simuladas o figuradas, relacionadas al ciudadano Yamal Mustafá, así como referido a cualquier otro proceso penal que se llegue a instaurar contra su persona, que pudiere interpretarse como lesiva de sus derechos constitucionales, como lo es el debido proceso, presunción de inocencia, del derecho al honor y reputación y del derecho a la integridad de las personas y las familias, procediendo a publicar información de manera objetiva y apegada a la ética periodística».
La medida del tribunal se fundamentó en una solicitud interpuesta por Yamal Mustafá -también dueño del diario local Primicia- el 15 de julio de 2013. En la querella, el empresario además demandó por la vía legal a David Natera, presidente del Correo del Caroní, por los supuestos delitos de difamación e injuria. Mustafá, simultáneamente, presentó una demanda civil con los cargos de daños y prejuicios contra el Correo del Caroní y a su máxima autoridad, que contemplaba una multa económica de magnitud, que de aprobarse provocaría el cierre del periódico. Para el momento de la redacción de este informe, las dos demandas fueron admitidas por el tribunal y los afectados presentaron los alegatos, bajo el derecho a la defensa.
La emisión de la medida de censura, y las querellas penal y civil prosperaron aun cuando Yamal Mustafá se encuentra imputado por la justicia venezolana por su supuesta vinculación de las denuncias de corrupción en Ferrominera del Orinoco, sobre las que informó el Correo del Caroní.
Resalta el hecho que la medida de censura solicitada y admitida por el tribunal, ordena al Correo del Caroní silenciar la denuncias y los señalamientos exclusivamente contra Yamal Mustafá, sin embargo, la orden no se hace extensiva para vetar los casos de corrupción en los que presuntamente están involucradas otras 6 personas, que también fueron detenidas e imputadas por los mismos hechos.
Oscar Murillo, jefe de redacción del Correo del Caroní explicó a IPYS Venezuela que este caso se ha querido calificar como una disputa personal entre Yamal Mustafá y David Natera, dueños de medios y empresarios de la región. Con ello se intenta disminuir las reacciones públicas, de las denuncias de corrupción, que han sido admitidas y procesadas por las autoridades ejecutivas y judiciales del país. Para leer sobre el caso pulse aquí.
Entre tanto, el 23 de julio de 2013, Robinson Lizano, director del diario Primicia, periódico privado con sede en Ciudad Guayana, estado Bolívar, denunció que el medio para el cual labora ha sido objeto de una campaña de desprestigio, en el marco de estos hechos.
VETADAS FOTOGRAFÍAS DE HECHOS VIOLENTOS
Alegando la defensa y la salvaguarda de derechos de la infancia, el 12 de julio de 2013, el tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, con sede en la ciudad de Coro, emitió una orden de censura contra el diario La Mañana, periódico de gestión privada. La medida prohibió la publicación de fotografías de hechos violentos en las páginas del rotativo.
La instancia judicial decidió que el veto debe ser cumplido hasta que finalice el juicio que enfrenta el periódico por una demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo, órgano del poder ciudadano, contra el medio por la supuesta violación de la integridad de niños y adolescentes, luego de la publicación de varias fotografías, en el periódico durante 2012, referentes a sucesos de homicidios y accidentes de tránsito en la entidad.
La motivación se sustenta en la presunta de la violación de los derechos de los menores de edad tras la publicación en el diario La Mañana de imágenes, con contenido violento, que supuestamente atentan contra «la integridad física, psíquica y moral» de los niños y adolescentes.
La Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente establece en derecho a la libre expresión e información de la infancia. En el artículo 68 estipula la garantía de los menores a recibir información “plural y adecuada para su desarrollo”. Por su parte, los artículos 75 y 92 disponen la prohibición de divulgar informaciones e “imágenes que promuevan o inciten a la violencia”.
Zoremil Chirinos, representante de la Defensoría del Pueblo, en el estado Falcón, declaró a los medios de comunicación que la demanda se presentó debido a que los representantes del periódico no acudieron a dos reuniones a las que fueron citados por el organismo del poder ciudadano, para atender este caso.
Atilio Yánez, editor del periódico, consideró que esta acción tiene motivaciones políticas que buscan afectar al medio. Informó que de aprobarse esta demanda, La Mañana tendría que cancelar una multa equivalente al 2% de las ganancias brutas del diario, lo cual él lo califica como una violación a la libertad de expresión y una intención de quebrar al medio «por decir la verdad de lo que ocurre en Falcón».
Por su parte, Héctor Faúndez explicó que las sanciones administrativas están contempladas en la jurisprudencia internacional de la libertad de expresión, pero refirió que “cuando las multas son desproporcionadas se consideran abusivas e incompatibles con el ejercicio de la libertad de expresión”.
DEMANDAN A PERIODISTAS POR “DESESTABILIZADORES”
Al menos 3 periodistas han sido señalados por su supuesta responsabilidad de los hechos de violencia que se registraron en Venezuela, los días posteriores a las elecciones presidenciales cuando ciudadanos salieron a las calles a lo largo de territorio nacional para expresar su descontento con los resultados electorales de los comicios presidenciales, en los que en el Consejo Nacional Electoral proclamó como ganador a Nicolás Maduro.
En Mérida, fueron demandados por la vía penal Horacio Contreras, locutor y director de Studio 102.7 FM; y Leonardo León, locutor de ULA FM 107.7 y corresponsal del diario El Nacional. Las acciones legales fueron promovidas por el gobernador de la entidad, Alexis Ramírez, respaldado por el PSUV, quien acusó penalmente a los periodistas por supuesta difamación, delito previsto en el artículo 442 del Código Penal, que según consta en la querella penal”. La autoridad regional también acusó públicamente de desestabilizadores tanto a León como Contreras porque ellos difundieron denuncias en sus programas radiales sobre hechos de violencia que se registraron en la ciudad de Mérida, en el mes de abril. Para detalles de la demanda, pulse aquí.
A estos casos se les dio curso ante un tribunal penal. Sin embargo, las acciones penales -por la emisión de una información u opinión- se consideran contrarias a las disposiciones de los artículos 57 y 58 de la Constitución Nacional. “De acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las sanciones penales son las más severas a las que se puede recurrir, y no parecen apropiadas para los efectos del ejercicio de la libertad de expresión”, de acuerdo al análisis que realizó Héctor Faúndez.
Por otra parte, el 4 de julio de 2013, el Ministerio Publicó citó en calidad de testigo al periodista Nelson Bocaranda, director del portal de noticias Runrun.es y locutor de Unión Radio a comparecer ante la investigación que se adelanta por los hechos de violencia generados luego de las elecciones presidenciales del 14 de abril. A la par, el diputado de la Asamblea Nacional, Pedro Carreño, del PSUV, acusó a Bocaranda de ser el «autor intelectual» de los sucesos violentos que se generaron en el país ante el descontento de los resultados electorales.
Bocaranda asistió a la segunda citación pautada para el 11 de julio de 2013. La motivación de este encuentro fue una denuncia que él difundió en su cuenta en Twitter @Nelsonbocaranda. El periodista informó ante los medios de comunicación que el procedimiento transcurrió con normalidad pero que no podía dar detalles sobre las consultas que le plantearon.
Agregó: «Deje muy claro que el tuit colocado por mí el 15 de abril alertando al CNE de una irregularidad electoral en un CDI del estado Zulia («Informan que en el CDI de La Paz en Gallo Verde, Maracaibo, hay urnas electorales escondidas y los cubanos de allí no las dejan sacar» link de Twitter) no produjo ningún daño ni en ese centro ni en otro de ese estado (…). Mi tuit no hizo llamado a ninguna acción violenta o de ninguna índole (…) Reiteré que los hechos de terceros no se me pueden atribuir pues tampoco yo sé si ocurrió algo y de haber pasado no se quienes ni por qué lo habrían hecho».
Posteriormente, en una entrevista publicada en el diario Ciudad Caracas, Luisa Ortega Díaz, en relación a Bocaranda refirió: “Él hizo una afirmación sobre la presencia de urnas de votación en un Centro de Diagnóstico Integral. Lo que queremos saber es cómo le constaba que eso estaba ocurriendo. Uno tiene que ser responsable en lo que hace. Si eres un periodista que tiene una tribuna privilegiada para comunicarte con muchas personas, tienes que informar verazmente, porque una información puede generar crisis o conflictos en la sociedad”. Leer aquí la reseña.
Bocaranda analizó: «Todo esto es un cobro de factura porque le informé al país la verdad sobre el presidente Hugo Chávez. Eso es todo lo que me está cobrando el Gobierno». Nelson Bocaranda en varias oportunidades ofreció información extraoficial, con datos de fuentes extraoficiales, sobre la enfermedad del Presidente Hugo Chávez, quien falleció el 5 de marzo de 2013, ante la opacidad que se mantuvo este tema en Venezuela.
PROSPERAN MEDIDAS ECONÓMICAS CONTRA DUEÑOS DE MEDIOS
Dos medidas de bloqueo de las cuentas bancarias, que pueden ser consideradas como acciones indirectas, fueron dictadas en julio contra presidentes de medios de comunicación. Con la imputación de cargos por supuestos hechos que configuran delitos ante la legislación nación, las instituciones de justica han adelantado actuaciones que buscan presionar y limitar la actividad de dos medios privados que mantienen agudas críticas a la actual gestión gubernamental: El Nacional y Sexto Poder.
Según la información del Ministerio Público, las imputaciones contra las autoridades de estos medios se han realizado por su calidad de empresarios, y no por su ejercicio de la libertad de expresión. Sin embargo, desde estos dos periódicos con sede en Caracas, se ha manifestado que son medidas que buscan asfixiar a los rotativos, por las vías financieras.
Uno de los casos, es el de Miguel Henrique Otero, editor de El Nacional, a quien el 27 de julio de 2013, la Fiscal General de la República le ordenó la congelación de sus cuentas bancarias, y la prohibición de enajenar sus bienes. Según la información del Ministerio Público, la medida obedece a una demanda civil interpuesta contra Otero por Alfredo Peña, ex alcalde de la ciudad capital venezolana. Por esta razón, se ha dicho que el proceso no se corresponde directamente con la gestión mediática. Sin embargo, Otero comentó que ésta es una medida arbitraria, que repercute directamente en sus funciones como autoridad del medio, que busca silenciarlo.
En su página web la institución judicial reseñó: «el miércoles 19 de junio de 2013, el Ministerio Público recibió una solicitud del Tribunal 21º en lo Civil y Mercantil del AMC, el cual instó a investigar si en la demanda de Alfredo Peña contra el editor del diario El Nacional, existe un hecho punible». Detalles aquí.
El Ministerio Público añadió: «la demanda de Peña contra Otero es por el cobro de 3 millones y medio de dólares, ´y consideramos que estos hechos podrían revestir carácter penal, pues no sabemos de dónde el funcionario público obtuvo esa cantidad de dinero, ni tampoco conocemos por qué el demandado (Miguel Henrique Otero) debía esa suma», precisó la Fiscal General».
Por otra parte, el 23 de julio de 2013, El Ministerio Público acordó la medida de congelamiento de cuentas bancarias a nivel nacional y en el exterior al Grupo Sexto Poder corporación mediática privada y a su presidente Leocenis García, por supuesta evasión de impuestos. El mismo día, representantes del medio anunciaron el cierre de la empresa por dificultades económicas para operar, acción que se concretó el 5 de agosto, según informaron ante los medios de comunicación.
El Grupo Sexto Poder es la representación jurídica del semanario 6to Poder; el diario El Comercio, la revista Fin de Semana, la web 6topoder.com, entre otros suplementos.
Entre tanto, el 1 de agosto de 2013, el Ministerio Público ordenó la medida privativa de libertad a Leocenis García quien fue imputado por el supuesto delito de legitimación de capitales, previsto en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo. El 30 de julio 2013, fue detenido por funcionarios de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM), cuerpo de seguridad del Estado, cuando transitaba por Caracas, en compañía de su hermana María Lucía García.
El Ministerio Público informó la medida estaría vinculada a un supuesto delito de obtención de fondos, y se extralimitaría a los fundamentos de la libertad de expresión, por cuanto según la información oficial las motivaciones no tendrían relación con noticias u opiniones emitidas por el medio o sus periodistas. IPYS Venezuela documenta y realiza seguimiento a este caso.
Sin embargo, este hecho se suma a los precedentes judiciales que ha enfrentado Leocenis García.
CENSURAN A JUEZA EN LAS REDES SOCIALES
Un caso sin precedentes es la medida de censura en las redes sociales emitida contra María Lourdes Afiuni, jueza que enfrenta un procedimiento legal por el ejercicio de sus funciones como jurista. Afiuni fue acusada en 2009 por supuesta corrupción, cómplice de fuga, abuso de poder y conspiración criminal, ante la decisión que dictó, en calidad de juez, por haber otorgado libertad condicional al empresario Eligio Cedeño por presunta corrupción en el manejo de dólares regulados.
El 15 de junio de 2013, Tribunal 17 de Juicio de Caracas emitió una medida cautelar que prohíbe a Afiuni expresarse en las redes sociales. A la par, se ratificó la prohibición de declarar a los medios de comunicación, nacionales e internacionales. Esta medida se otorgó en el marco de la decisión que le concedió libertad condicional por razones de salud.
La medida de censura fue ratificada el 31 de julio, cuando «La Corte de Apelaciones declaró sin lugar la apelación que hizo la defensa a la medida de prohibición de escribir en las redes sociales porque considera que Twitter y Facebook son medios de comunicación masivos», indicó la abogada Thelma Fernández a los medios de comunicación.
Afiuni se mantuvo activa en la red social Twitter con la cuenta @Mariafiuni, mientras se encontraba privada de libertad. En los mensajes, relataba sus vivencias durante el procedimiento judicial y opinaba sobre la actuación de los órganos del sistema de justicia venezolano.
Ésta es la primera medida formal de censura en redes sociales que dicta un tribunal en Venezuela. También, en los últimos 2 años las instituciones judiciales han investigado y procesado a varios ciudadanos por opinar en las redes sociales.
Las autoridades públicas de Venezuela se han encontrado muy atentas de la actuación de los ciudadanos a través de las redes sociales, y en varias oportunidades han expresado su malestar por los comentarios y opiniones que de emiten desde plataformas como Twitter.
Luego de las elecciones presidenciales de abril, Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República, anunció que su despacho investigaría los supuestos mensajes violentos que emitieron usuarios de las redes sociales, en el marco de las protestas de calle que se ejercicio luego de los resultados electorales de las elecciones presidenciales. Hasta el momento, no se conoce el resultado de una medida concreta por estos casos.
Este anuncio se suma a las actuaciones contra medios de comunicación y periodistas que se han emprendido desde las instituciones judiciales para tratar de acallar e intimidar voces que no cuentan con la complacencia de las autoridades de la nación. Con ello, se perjudica la pluralidad y la diversidad de opiniones que enriquecen y fortalecen a la sociedad democrática.
Para leer el informe completo del IPYS, pulse aquí.